El lamentable suceso se registró en el autódromo Santiago "Yaco" Guarnieri en 2019. Fue durante las pruebas libres de APAC.
Al determinar la ausencia de responsabilidad penal de las partes intervinientes del luctuoso episodio, por cuyas consecuencias, el piloto Juan Carlos Iglesias, perdiera la vida tras el accidente acontecido el día sábado 6 de abril de 2019 en el autódromo Santiago Guarnieri, la justicia chaqueña dispuso archivar las actuaciones.
Esta sentencia corresponde a la causa caratulada 'Juan Carlos Iglesias S/Muerte Expte 13397/2019-1' y fue dictada por el Equipo Fiscal 3, el 10 de noviembre de 2022 y lleva la firma de su titular fiscal doctora Rosana Beatriz Soto.
En el expediente se señala que tras haber tomado declaración a todas las partes involucradas en este triste suceso que cobró la vida del piloto de la clase 2 del automovilismo zonal, y habiéndose analizado en profundidad los pasos acontecidos , ‘no es posible imputar responsabilidad penal alguna ni al equipo mecánico de competición encargado de la preparación del automóvil, ni a los fiscalizadores u organizadores del evento, ni a los auxiliares de pista, ni mucho menos al personal médico interviniente, dado que su aporte al hecho no ha determinado su producción‘.
La justicia comprobó que el organizador cumplió con todos los requisitos exigibles conferidos a su cargo por el Reglamento Deportivo Automovilístico (RDA) del Automóvil Club Argentino (ACA) y reglamentos vigentes de la Federación Chaqueña de Automovilismo.
LOS ACONTECIMIENTOS
El sábado 6 de abril de 2019, en el transcurso de las pruebas libres de la competencia que organizara la institución Apac por el campeonato zonal de automovilismo, el auto Fiat 128 de la clase 2 correspondiente al piloto Juan Carlos Iglesias tomó fuego en el sector entre las curvas 1 y 2.
Al detenerse, y en virtud del siniestro tomaron intervención los banderilleros y luego los bomberos tras lo cual el piloto fue extraído y luego, con la premura del caso, atendido por el servicio de emergencia y luego trasladado en al Sanatorio Güemes donde se diagnosticaron en principio quemaduras del tipo A y B en un 40 por ciento de su cuerpo con compromiso de vías respiratoria.
Ante este cuadro fue derivado al Hospital Perrando donde, por intervención y gestión de la Asociación Argentina de Volantes (contratada como seguro médico de los pilotos), se derivó al paciente al Hospital Alemán de Buenos Aires por vía aérea en avión sanitario. Tras intensa atención especializada a Juan Carlos Iglesias, el 20 de abril le fue diagnosticado ‘muerte cerebral irreversible‘ causando su deceso y una onda consternación en todo el ámbito del automovilismo deportivo del Chaco.
LAS DERIVACIONES
Tras los hechos acontecidos tomaron estado público el entrecruzamiento de posiciones entre las partes, buscando determinar responsables ante tan cruento episodio.
En esas condiciones, la Federación Chaqueña de Automovilismo tomó intervención con sus órganos competentes (Tribunal de Disciplina) apresurándose aplicar sanciones sin haber otorgado derecho a defensa a los presuntos responsables, quienes apelaron la medida directamente a la Comisión Deportiva Automovilística (CDA) del Automóvil Club Argentino, ente que les dio la razón.
Cumplida la enmienda ordenada por la CDA en los términos que señalaron en sus argumentos: ‘Luego de ocurridos los graves hechos que se describen en las actuaciones, demostrando una verdadera falla de organización y también fiscalización deportiva, la Federación actuante ha pretendido limar o disminuir su responsabilidad, con la severa sanción que impuso a los responsables de la organización del evento, a quienes también se les habría ‘delegado‘ o transmitido la función de la fiscalización de la prueba, materia que es de exclusividad indelegable de toda entidad Federativa‘ ,la Federación Chaqueña de Automovilismo a través de su Tribunal de Disciplina tomó las siguientes resoluciones.
1) Imponer 5 años de suspensión a la entidad Apac en cuyo término no podrá organizar ningún evento deportivo mecánico además de una multa de una multa de un millón de pesos.
2) Suspender de por vida a todos y cada uno de los integrantes de la comisión directiva de Apac actuante presidida por el Alberto Higinio Schiffo a las que los inhibe participar de toda institución que organice cualquier disciplina del deporte motor.
Luego también impone la suspensión por el término de 10 años al comisario deportivo titular y adjunto que la propia Federación nominó para esta carrera.
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