Un hombre de 67 años había cruzado a Paraguay y vuelto el mismo día, pero el organismo no registró su retorno. La omisión derivó en la suspensión de su jubilación. La Cámara Federal de Resistencia confirmó la medida autosatisfactiva del juzgado de primera instancia y aplicó la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.