12 jul 2026

FACTURAS TRUCHAS: CASACIÓN RATIFICÓ LA PRISIÓN PREVENTIVA DEL CONTADOR



La Sala III del tribunal declaró inadmisible el recurso presentado por la defensa de Walter Pasko contra el rechazo del cese de prisión preventiva dictado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia. La decisión llega mientras el contador afronta el juicio oral, junto a otras diez personas, acusado de lavado de dinero y de integrar una asociación ilícita fiscal que habría defraudado al Estado por cientos de millones de pesos.


La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa particular de Walter Pasko contra la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia que le había negado el cese de la prisión preventiva.


La resolución, firmada el miércoles por los jueces Guillermo Yacobucci y Daniel Petrone, mantiene a Pasko detenido mientras avanza el juicio oral en el que se lo señala, junto al exasesor de cooperativas Fernando Adrián Ayala, como uno de los dos jefes de una organización dedicada a la emisión de facturas apócrifas y el lavado de activos.


Según se pudo saber , en su voto, al que adhirió Petrone, Yacobucci recordó que las resoluciones sobre prisión preventiva pueden equipararse a una sentencia definitiva cuando ocasionan un perjuicio de reparación imposible o tardía, por lo que en principio habilitan la revisión de la Cámara. Sin embargo, precisó que para que esa vía proceda es necesario que la defensa funde debidamente una cuestión federal, conforme al estándar fijado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “Di Nunzio”.


El precedente “Di Nunzio”, vale recordar, es la doctrina con la que la Corte Suprema, en 2005, consolidó a la Cámara Federal de Casación Penal como tribunal intermedio de revisión amplia en materia penal, con el objetivo de que las causas lleguen a la instancia extraordinaria federal recién después de agotar todas las vías posibles en el fuero ordinario.


Ese mismo fallo, sin embargo, estableció el límite que hoy le jugó en contra a la defensa de Pasko: Casación solo puede intervenir cuando quien recurre logra fundar una cuestión de naturaleza federal —vinculada a la interpretación de la Constitución o de normas federales— o demostrar arbitrariedad en la sentencia impugnada, y no cuando el planteo se reduce a una discrepancia con la forma en que el tribunal de origen valoró los hechos y las pruebas del caso.


El tribunal consideró que la defensa de Pasko no logró demostrar ese agravio federal y que se limitó a plantear una discrepancia con la valoración que el Tribunal Oral de Resistencia había hecho de las circunstancias del caso. Para los camaristas, esa discrepancia no alcanza para configurar un supuesto de arbitrariedad ni un defecto grave en el pronunciamiento impugnado, por lo que no correspondía la intervención de la Cámara. En consecuencia, el recurso fue declarado inadmisible.

La megausina 

La decisión de Casación se produce en medio del juicio oral que comenzó el 30 de junio en el Tribunal Oral Federal de Resistencia contra once acusados por integrar la denominada “megausina de facturas truchas”, que habría operado en el Chaco entre 2019 y 2023. Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, la organización utilizaba una red de personas físicas y jurídicas —entre ellas cooperativas y fundaciones— para emitir facturas falsas que permitían reducir impuestos a terceros contribuyentes y a los propios integrantes del grupo.


Pasko y Ayala encabezan la lista de imputados como presuntos jefes de la asociación ilícita. Los acompañan en el banquillo Diana Yael Daniel, María José Reinau, Jorge Pasko, Álvaro Iván Pasko, Juana Elsa Brahim, María Belén Reinau, Edith Marisel Ayala, Ariel Ramón Acevedo y Osvaldo Ramón Godoy. De acuerdo con la fiscalía, Pasko diseñó y ejecutó el mecanismo de facturación apócrifa, integrando personalmente seis de las sociedades señaladas como usinas —entre ellas Comex PK SAS y Soluciones Impositivas SAS— y utilizando la clave fiscal de antiguos clientes para generar crédito de IVA.


Entre los organismos públicos que recibieron facturación cuestionada figura el Instituto de Agricultura Familiar y Economía Popular (IAFEP), que entre 2022 y 2023 registró operaciones con la red por más de 817 millones de pesos. La investigación detectó además un incremento patrimonial de Pasko y Ayala que no se condice con sus ingresos declarados: en el caso de Ayala, los depósitos bancarios pasaron de 3,6 millones de pesos en 2020 a más de 128 millones en 2023.

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